
Una mirada a la gestión de riesgos de las organizaciones sin fines de lucro
Agravación del riesgo:
Situación que se produce cuando en el riesgo asegurado sobrevienen circunstancias que antes no existían y alteran la naturaleza del mismo.
Ajustador de Seguros:
Profesional encargado de evaluar y determinar el monto de la indemnización en caso de siniestro, con credencial aprobada por la SCVS.
Asegurado:
La persona o entidad cuyos intereses están cubiertos por la póliza de seguro.
Aseguradora:
La compañía de seguros que emite la póliza y asume el riesgo.
Avalúo del daño:
Cuantificación de las pérdidas sufridas en un siniestro amparado por un seguro a cargo del asegurado.
Beneficiario:
La persona o entidad designada para recibir los beneficios del seguro en caso de un siniestro.
Buena fé:
Referida al contrato de seguro, significa atribuir a sus cláusulas, no solo lo que está explícito, sino también lo que está implícito en ellas, atribuir a sus cláusulas el sentido lógico que fluye de su espíritu, más que de su letra; es decir, considerar el objeto, fin social de la institución.
Coaseguro (1):
Cuando dos o más aseguradoras comparten el riesgo y la responsabilidad en una póliza.
Coaseguro (2):
Porcentaje a cargo del asegurado en caso de un siniestro, este porcentaje se establece en las condiciones particulares de la póliza.
Cobertura:
Las protecciones específicas proporcionadas por la póliza de seguro.
Corredor de Seguros:
Intermediario que asesora a los clientes en la obtención de seguros y negocia con las aseguradoras en su nombre.
Deducible:
La cantidad de dinero que el asegurado debe pagar de su bolsillo antes de que la aseguradora comience a cubrir los gastos en caso de un siniestro.
Depreciación:
Es la disminución o pérdida de valor del bien que sufre a consecuencia del transcurso del tiempo y su uso.
Dolo:
Simulación que realiza una persona de un siniestro o de sus consecuencias, en perjuicio de otra. Es sinónimo de "mala fe", engaño, fraude.
Endoso:
Una modificación o adición a la póliza original para cambiar o agregar coberturas específicas.
Exclusiones:
Son aquellas situaciones que se pactan al momento de la suscripción de la póliza que no serán indemnizadas por diversas razones. Se excluyen de la póliza todos aquellos actos que no estén dentro del concepto de eventualidad, es decir que corresponde a las condiciones específicas que limitan la cobertura de la póliza.
Extraprima:
Adicional que paga el asegurado con la finalidad de acceder a coberturas más amplias.
Finiquito:
Documento que una vez firmado por asegurado/perjudicado, acredita el cobro de la indemnización, libera a la aseguradora de sus obligaciones, traspasa la propiedad del bien hacia la aseguradora y subrroga los derechos del asegurado frente a terceros responsables del siniestro.
Franquicia:
Una cantidad fija establecida en la póliza que una vez superada genera la responsabilidad a pago de la aseguradora por el 100% del valor ajustado.
Garantía:
Son las condiciones, responsabilidades, compromisos y exigencias establecidas en la póliza que deben ser cumplidas para obtener una indemnización.
Indemnización:
Es el valor a ser pagado en caso de un siniestro. La indemnización puede ser: de reparar, reponer o indemnizar a postetad de la aseguradora.
Infraseguro:
Situación que se produce cuando el valor asegurado es inferior al valor de la reposición de los bienes. Ante una situación de este tipo, la Entidad Aseguradora tiene derecho a aplicar la Regla Proporcional.
Póliza:
El contrato de seguro que detalla los términos, condiciones y coberturas acordadas entre las partes.
Prima:
La cantidad de dinero que el asegurado paga regularmente por la cobertura del seguro.
Reaseguro:
Práctica en la que una aseguradora transfiere parte de su riesgo a otra compañía para diversificar y gestionar mejor la exposición.
Renovación Automática:
Proceso mediante el cual una póliza se extiende automáticamente al final de su vigencia, a menos que se cancele.
Salvamento:
Corresponde a los bienes que han sido indemnizados por parte de la aseguradora y sobre los que se adquiere propiedad a través del finiquito.
Siniestralidad:
La relación y porcentaje entre primas pagadas y siniestros reportados/indemnizados.
Siniestro:
Evento que activa la cobertura del seguro.
Sobreseguro:
Cuando el valor asegurado del bien sobrepasa el valor de reposición del mismo; en este caso la aseguradora realiza la devolución de la prima pagada en exceso y solo responde hasta el valor de reposición.
Subrogación:
Son los derechos que correspondan al asegurado contra un tercero, en razón del siniestro, se transfieren a la aseguradora hasta el monto de la indemnización que abone. El asegurado es el responsable de todo acto que perjudique este derecho a la aseguradora.
Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros:
Entidad gubernamental encargada de regular y supervisar a las compañías de seguros en Ecuador.
Valor Acordado:
Corresponde al tipo de valor asegurado que se determina de mutuo acuerdo entre la Aseguradora y el Asegurado, para aquellos bienes cuya valorización es subjetiva, objetos tales como: obras de arte, antigüedades, manuscritos, pianistas (sus manos), etc.
Valor Asegurable:
Valor por el que se suscribe el seguro de un bien después de que éste ha sido evaluado objetivamente.
Valor de Reposición:
Es la cantidad de dinero que cuesta reparar el bien asegurado en el momento en que se sucita el siniestro. Es diferente al valor factura
Valor Actual:
Valor efectivo o valor que tiene el bien, teniendo en cuenta las depreciaciones sufridas por concepto de uso, antigüedad, estado y obsolescencia.
Valor Comercial:
Es el precio o valor comercial del bien asegurado.
Valor Venal:
Precio del objeto asegurado en el momento inmediatamente anterior a producirse el siniestro.
Vigencia de la Póliza:
Período durante el cual la póliza de seguro está en efecto.
Agravación del riesgo:
Situación que se produce cuando en el riesgo asegurado sobrevienen circunstancias que antes no existían y alteran la naturaleza del mismo.
Ajustador de Seguros:
Profesional encargado de evaluar y determinar el monto de la indemnización en caso de siniestro, con credencial aprobada por la SCVS.
Asegurado:
La persona o entidad cuyos intereses están cubiertos por la póliza de seguro.
Aseguradora:
La compañía de seguros que emite la póliza y asume el riesgo.
Avalúo del daño:
Cuantificación de las pérdidas sufridas en un siniestro amparado por un seguro a cargo del asegurado.
Beneficiario:
La persona o entidad designada para recibir los beneficios del seguro en caso de un siniestro.
Buena fé:
Referida al contrato de seguro, significa atribuir a sus cláusulas, no solo lo que está explícito, sino también lo que está implícito en ellas, atribuir a sus cláusulas el sentido lógico que fluye de su espíritu, más que de su letra; es decir, considerar el objeto, fin social de la institución.
Coaseguro (1):
Cuando dos o más aseguradoras comparten el riesgo y la responsabilidad en una póliza.
Coaseguro (2):
Porcentaje a cargo del asegurado en caso de un siniestro, este porcentaje se establece en las condiciones particulares de la póliza.
Cobertura:
Las protecciones específicas proporcionadas por la póliza de seguro.
Corredor de Seguros:
Intermediario que asesora a los clientes en la obtención de seguros y negocia con las aseguradoras en su nombre.
Deducible:
La cantidad de dinero que el asegurado debe pagar de su bolsillo antes de que la aseguradora comience a cubrir los gastos en caso de un siniestro.
Depreciación:
Es la disminución o pérdida de valor del bien que sufre a consecuencia del transcurso del tiempo y su uso.
Dolo:
Simulación que realiza una persona de un siniestro o de sus consecuencias, en perjuicio de otra. Es sinónimo de "mala fe", engaño, fraude.
Endoso:
Una modificación o adición a la póliza original para cambiar o agregar coberturas específicas.
Exclusiones:
Son aquellas situaciones que se pactan al momento de la suscripción de la póliza que no serán indemnizadas por diversas razones. Se excluyen de la póliza todos aquellos actos que no estén dentro del concepto de eventualidad, es decir que corresponde a las condiciones específicas que limitan la cobertura de la póliza.
Extraprima:
Adicional que paga el asegurado con la finalidad de acceder a coberturas más amplias.
Finiquito:
Documento que una vez firmado por asegurado/perjudicado, acredita el cobro de la indemnización, libera a la aseguradora de sus obligaciones, traspasa la propiedad del bien hacia la aseguradora y subrroga los derechos del asegurado frente a terceros responsables del siniestro.
Franquicia:
Una cantidad fija establecida en la póliza que una vez superada genera la responsabilidad a pago de la aseguradora por el 100% del valor ajustado.
Garantía:
Son las condiciones, responsabilidades, compromisos y exigencias establecidas en la póliza que deben ser cumplidas para obtener una indemnización.
Indemnización:
Es el valor a ser pagado en caso de un siniestro. La indemnización puede ser: de reparar, reponer o indemnizar a postetad de la aseguradora.
Infraseguro:
Situación que se produce cuando el valor asegurado es inferior al valor de la reposición de los bienes. Ante una situación de este tipo, la Entidad Aseguradora tiene derecho a aplicar la Regla Proporcional.
Póliza:
El contrato de seguro que detalla los términos, condiciones y coberturas acordadas entre las partes.
Prima:
La cantidad de dinero que el asegurado paga regularmente por la cobertura del seguro.
Reaseguro:
Práctica en la que una aseguradora transfiere parte de su riesgo a otra compañía para diversificar y gestionar mejor la exposición.
Renovación Automática:
Proceso mediante el cual una póliza se extiende automáticamente al final de su vigencia, a menos que se cancele.
Salvamento:
Corresponde a los bienes que han sido indemnizados por parte de la aseguradora y sobre los que se adquiere propiedad a través del finiquito.
Siniestralidad:
La relación y porcentaje entre primas pagadas y siniestros reportados/indemnizados.
Siniestro:
Evento que activa la cobertura del seguro.
Sobreseguro:
Cuando el valor asegurado del bien sobrepasa el valor de reposición del mismo; en este caso la aseguradora realiza la devolución de la prima pagada en exceso y solo responde hasta el valor de reposición.
Subrogación:
Son los derechos que correspondan al asegurado contra un tercero, en razón del siniestro, se transfieren a la aseguradora hasta el monto de la indemnización que abone. El asegurado es el responsable de todo acto que perjudique este derecho a la aseguradora.
Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros:
Entidad gubernamental encargada de regular y supervisar a las compañías de seguros en Ecuador.
Valor Acordado:
Corresponde al tipo de valor asegurado que se determina de mutuo acuerdo entre la Aseguradora y el Asegurado, para aquellos bienes cuya valorización es subjetiva, objetos tales como: obras de arte, antigüedades, manuscritos, pianistas (sus manos), etc.
Valor Asegurable:
Valor por el que se suscribe el seguro de un bien después de que éste ha sido evaluado objetivamente.
Valor de Reposición:
Es la cantidad de dinero que cuesta reparar el bien asegurado en el momento en que se sucita el siniestro. Es diferente al valor factura
Valor Actual:
Valor efectivo o valor que tiene el bien, teniendo en cuenta las depreciaciones sufridas por concepto de uso, antigüedad, estado y obsolescencia.
Valor Comercial:
Es el precio o valor comercial del bien asegurado.
Valor Venal:
Precio del objeto asegurado en el momento inmediatamente anterior a producirse el siniestro.
Vigencia de la Póliza:
Período durante el cual la póliza de seguro está en efecto.